El tiempo puede variar considerablemente dependiendo de si el vehículo viene de la Unión Europea o de un país externo, el estado de la documentación y los tiempos de las distintas administraciones.
A los importadores establecidos fuera de la UE se les asignará un número EORI la primera vez que presenten:
Si importas desde fuera de la UE, deberás presentar el DUA, pagar IVA e IEDMT y obtener certificado de baja en el país de origen.
El proceso de tramitación del DUA puede variar según la procedencia del vehículo, pero hay pasos generales que deben seguirse:
Contrato de compraventa o factura del vehículo en el caso de no ser el titular del vehículo que consta en el permiso de circulación.
Sin embargo, esta estructura ha sido puesta en cuestión por la Agencia Tributara española cuando la propiedad de la embarcación corresponde a una empresa y permanece casi de forma permanente en un puerto español (siempre durante 18 meses claro está) con fundamento en las siguientes razones:
determinar quién es responsable de las formalidades aduaneras de exportación en la UE y de las formalidades en su mercado de exportación.
No subestime los impuestos: Calcule bien todos los tributos implicados y guarde copia de las justificaciones de pago o exención.
Nos aseguramos de que cumplas con todas las normativas y requisitos durante la Importación Temporal de Embarcaciones de Recreo, permitiéndote centrarte en lo que más importa: tu tiempo en el mar.
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El DUA es un documento clave en el proceso de importación de certificados vehículos vehículos a España. Conocer sus requisitos y el procedimiento de tramitación es vital para evitar contratiempos y asegurarte de que tu coche esté legalmente en regla.
Uso no comercial: La embarcación debe destinarse exclusivamente al uso privado y no puede utilizarse con fines comerciales.
Las mismas normas se aplican a la importación, independientemente del país de la UE a través del cual entre en el mercado de la UE.